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El Código de Ética federal pide perspectiva de género, respeto a la diversidad sexual y no discriminación, ¿lo conoces?

Las personas servidoras públicas deberán emplear un lenguaje incluyente, de acuerdo con el Código de Ética

El Código de Ética del presidente Andrés Manuel López Obrador, publicado en el Periódico Oficial el 5 de enero de 2019, pide que quienes ocupan un cargo en el servicio público federal empleen lenguaje incluyente, para dar paso a una cultura de igualdad e inclusión.


Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, secretaria de la Función Pública.

El 5 de enero de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo en el que se emite el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Gobierno Federal, el cual fue entregado con la finalidad de construir una nueva ética pública.

Para ello el Código hace que las personas servidoras pública se asuman como líderes para poder lograr la excelencia al desempeño de las funciones y la toma de decisiones. En el análisis del documento se puede observar que se realizó con un lenguaje incluyente, pero además apegado al enfoque de género.

Asimismo, en el capitulo dos de los principios y valores del servicio público, introduce cinco  principios que es la legalidad, honradez, lealtad, eficiencia e imparcialidad, ésta última se encuentra detallada en el artículo 10° y se describe como el principio que buscará fomentar el acceso neutral y sin discriminación de todas las personas , a las mismas condiciones, oportunidades, beneficios institucionales y gubernamentales, garantizando la equidad, objetividad y la competencia  por mérito, los valores de equidad de género y no discriminación, y la regla de integridad de comportamiento digno.

Integrantes del gabinete presidencial.

En tanto que en el capítulo tres de los compromisos con el servicio público, en el artículo 14 establece que las personas servidoras públicas, en el ámbito de sus atribuciones y competencias, fomentarán la igualdad entre mujeres y hombres. Además deberán respetar la identidad y orientación sexual, con el propósito de contribuir a la institucionalización de la perspectiva de género en el servicio público.

En su capítulo 15 estipula que quienes ocupen un puesto público deberán emplear el lenguaje incluyente en todas sus comunicaciones institucionales con la finalidad de visibilizar a ambos sexos y eliminar el lenguaje discriminatorio basado en cualquier estereotipo de género y fomentar una cultura igualdad e inclusión.

En este mismo apartado, en el artículo 16, dice que quienes ostenten un cargo público observarán un comportamiento digno y deberán evitar cualquier conducta que constituya una violación a los derechos humanos con el objetivo de generar ambientes laborales seguros que privilegien el respeto a las personas. Es en este sentido que quienes están al servicio público federal deberán conducirse con el principio de la equidad para que todas las personas puedan ser incluidas en la dinámica social y política, y ejerzan sus derechos libremente fuera de toda discriminación.



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