Opinión

Derecho al libre desarrollo de personalidad incluye respeto a otras personas

El derecho al libre desarrollo de personalidad otorga la libertad de decidir qué estudiar, vestir y cómo vivir

La sociedad vive en un sistema donde resulta ser muy importante, lo que muchas ocasiones nos lleva a querer decidir sobre otros, los otros quienes son menores de edad o quienes están en un nivel educativo menor, pero todo ello no excluye que las personas tengan la capacidad de decidir cómo pueden vivir. Históricamente se tiene la costumbre de ejercer la voluntad propia sobre otras personas.

Vivimos en una sociedad acostumbrada a criticar a la otra persona y tendemos a darles cargas negativas, ya sea por su aspecto, su origen o religión, lo que cae en una discriminación. Pero luego hay de otras acciones que no nos damos cuenta, un ejemplo de ello es lo establecido en reglamentos, en específico las escolares, que determinan cómo debe verse el alumnado, de ahí surge mi reflexión sobre el tema del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Libertad de desarrollo de personalidad.

Sobre el tema del Colegio de Bachilleres 3, mucho se ha dicho y criticado sobre la protesta por parte de los alumnos debido a las restricciones del largo del cabello o el corte de éste, y también se ha dicho que si no se enseña a los jóvenes a respetar los reglamentos ¿qué nos espera sociedad? Pero yo pregunto: ¿qué pasaría si no se les enseña que sus derechos deben ser respetados?, ¿qué pasaría si no se les enseña a cuestionar?

Pero sobre este tema hay que ir más allá. Primero hay que resolver para qué nos sirve este derecho. Pues bien, es la facultad que cada persona tiene de elegir autónomamente su forma de vivir, es decir, su independencia al momento de escoger su profesión, estado civil, pasatiempos, apariencia física, estudios y esto únicamente será limitado por el respeto a terceros y el interés general.

Este derecho, a pesar de que no se encuentra regulado por la Constitución, sí aparece en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Entonces la polémica sobre el largo de cabello en centros de educación resulta un punto de vista un tanto adultocentrista, es decir, como se sabe que el alumnado es menor de edad, se les niega la decisión sobre su apariencia. En muchas de esas ocasiones se piensa que pueden estar cometiendo un error. Como son menores, la sociedad les cree incapaces de tomar decisiones.

Cada persona tiene la capacidad suficiente para decidir sobre cómo vestir

Sobre este tema muchos podrán decir que se les está dejando hacer lo que quieran, inclusive consumir sustancias alcohólicas o algo que les cause daño. Sin embargo, el derecho del libre desarrollo de la personalidad es clara, pues establece que está restringido por respeto a terceros e intereses generales, además ahí intervienen otras cuestiones como el principio del interés superior del menor.

Las violaciones al derecho a la libertad de desarrollo de personalidad no únicamente sucede con adolescentes. Históricamente se había hecho con afrodescendientes durante la época de la esclavitud, donde se les trataba como un objeto. Aunque en estos casos las violaciones eran evidentemente claras. Otro grupo vulnerado durante mucho tiempo hemos sido también las mujeres.

En el caso de las mujeres, por mucho tiempo se decidió cuál era el rol que debían ocupar, que era el de cuidadora del hogar. A parte sus padres decidían con quién se casarían y cuándo lo harían, a pesar de si era su deseo o no. Actualmente el derecho a la libertad de desarrollo de personalidad resulta bastante moderno, pero necesario para poder valorar en lo individual a las personas. Sin embargo, en la sociedad muchas situaciones siempre se piensan en un escenario de poder, lo que facilita las violaciones a los derechos.

Las personas con mayor edad, con “mejor estatus” o “mayor educación” llegan a tener la idea de que su visión es mejor sobre quienes no han logrado su posición. No obstante, como personas tenemos intereses distintos y cada una apreciamos la vida de diferentes maneras, las cuales todas son válidas, siempre y cuando no afecten a terceras.



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