Política y Legalidad

Por observaciones de 2 mil millones de pesos, funcionarios de Corral podrían ir a prisión

La Comisión de Fiscalización del Congreso hizo observaciones al sobreejercicio de 2 mil millones de pesos que aprobó el Pleno

Se instruyó a la Auditoría Superior del Estado, por parte de la Comisión de Fiscalización, a presentar las denuncias correspondientes de las observaciones que realizaron a la cuenta pública del Estado. El auditor deberá presentar un informe de las denuncias iniciadas y su estatus en la Tercera Sesión Ordinaria.

Diputado Misael Máynez, integrante de la Comisión de Fiscalización.

El 13 de diciembre el Pleno del Congreso del Estado de Chihuahua aprobó el dictamen de la cuenta pública del Estado, solicitando al auditor general, Héctor Acosta, que inicie el proceso de responsabilidad penal o administrativa.

El dictamen fue elaborado por la Comisión de Fiscalización, presidida por Miguel Colunga e integrada por la legisladora Carmen Rocío González, Misael Máynez, Omar Bazán y Rocío Guadalupe.

En el documento quienes conforman la comisión hicieron observaciones respecto a funcionarios y entes fiscalizables que participaron en la selección y contrataciones o pagos, de los cuales determinaron instruir a la Auditoría Superior del Estado a presentar las denuncias, ya sea ante el Tribunal Estatal de Justicia  Administrativa, Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción o ante las instituciones correspondientes.

La observación 006 habla de las variaciones que hacen referencia de un sobreejercicio de 2 mil 242 millones 611 mil 233 pesos, que se erogaron en el presupuesto de egreso en las cuentas de materiales y suministros, servicios generales, transferencias, asignaciones y otras ayudas, participaciones y aportaciones, otros gastos y bienes muebles, inmuebles e intangibles.

De aquí se generó la observación 009, relacionada con la adquisición SH/LPE/011/2017, en el cual se señala fue viciada de origen toda vez que la licitación había sido declarada desierta, sin embargo, hubo un proveedor que presentó una propuesta de Impresoras y Editoriales SA de CV por un monto mínimo de 109 mil 500 pesos y máximo de 358 mil 652 pesos, sin embargo, la licitación fue otorgado a Publicaciones del Chuvíscar por un monto mínimo de 110 mil 200 pesos y máximo de 371 mil 200 pesos, dichos montos son mayores al del proveedor inicial.

Por otra parte, se da a conocer en la observación 011 que mediante la revisión realizada a la adquisición de 4 mil rollos se erogó el 28 de agosto de 2017 la cantidad de 241 mil 280 pesos para el pago de certificados de ingreso para la recaudación de rentas al proveedor, denominado Comercializadora y Abastecedora del Centro de Chihuahua, SA de CV, y lo que señala a detalle el escrito de observación es que no existe contrato o disposición legal que obligara a realizar dicho pago, por lo que resulta injustificado el gasto.

La Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción y el Ministerio Público serán las instancias que atenderán las denuncias penales que se susciten

Héctor Acosta, auditor superior del Estado.

Como las anteriores observaciones existen varias en el tema de materiales y suministros, además de servicios generales, profesionales, técnicos y científicos, por lo que ahora toca a la Auditoría Superior tomar acciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Constitución local.

De acuerdo a lo establecido en el título segundo del Proceso de la Fiscalización y su seguimiento, en su artículo 42 señala, en su inciso «b», el seguimiento que se le debe dar al dictamen de la cuenta pública emitida por el Congreso, donde expresa que si la responsabilidad fuese de carácter administrativo, el auditor deberá presentar la denuncia ante el Congreso, la Secretaría de la Función Pública, los ayuntamientos  u órganos de control correspondientes para que se apliquen las sanciones de acuerdo a responsabilidades de los servidores públicos.

Por otra parte, en el siguiente inciso establece que si del dictamen de la comisión se desprenden hechos que hagan presumir la existencia de un delito y la probable responsabilidad de alguna o algunas personas en su comisión, el auditor superior procederá a presentar la denuncia ante el Ministerio Público, coadyuvando con la autoridad en la investigación. En cambio, si la responsabilidad que deriva del proceso de fiscalización es de orden civil, se procederá a ejercitar la acción en la vía que corresponda, ante la autoridad competente.

Después de todo ello el auditor superior presentará al pleno del Congreso, en la tercera sesión del periodo ordinario que corresponda el informe, el avance de la auditoría respecto a la cuenta pública estatal, municipal y de los estados financieros, así como de las acciones de responsabilidades iniciadas y cuáles son sus estatus.

Dictamen-de-cuenta-pública-Gobierno-del-Estado-de-Chihuahua-2017



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