En materia de equidad de género en la investigación científica y tecnológica del estado de Chihuahua, ni la actual ley que rige las políticas públicas (Ley de Impulso al Conocimiento, Competitividad e Innovación Tecnológica del Estado de Chihuahua), ni sus antecesoras ( Ley de Fomento para el Desarrollo Científico, Tecnológico y la Innovación en el Estado de Chihuahua, como la Ley del Consejo Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación de Chihuahua) expresan en su redacción acciones específicas para que las mujeres tengan las mismas oportunidades y se den dinámicas de inclusión en el campo de la investigación científica y la innovación tecnológica.
En Chihuahua, la Ley que rige las políticas públicas en materia de ciencia e investigación es la Ley de Impulso al Conocimiento, Competitividad e Innovación Tecnológica del Estado de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua No. 92, con fecha 15 de noviembre de 2014.
Esta ley tiene el objeto de “establecer las bases, instrumentos, mecanismos y organización para el impulso al conocimiento, competitividad e innovación tecnológica, con visión a largo plazo, que permitan el desarrollo económico y social de Chihuahua”; sustituyó tanto a la Ley de Fomento para el Desarrollo Científico, Tecnológico y la Innovación en el Estado de Chihuahua, como la Ley del Consejo Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación de Chihuahua.
Dicha ley está estructurada en 17 capítulos y cuenta con 81 artículos, donde aborda desde el apoyo al impulso al conocimiento e innovación tecnológica, la constitución de un consejo general para impulsar el conocimiento, competitividad e innovación tecnológica para el desarrollo, la creación del instituto de innovación y competitividad, así como el programa estratégico de ciencia, tecnología e innovación.
Sin embargo dicha ley carece de perspectiva de género porque carece de apartados o enunciados que manifiestan la obligación y compromiso por parte del estado de proporcionar igualdad de oportunidades personas, tanto mujeres como hombres, se desempeñen como investigadoras.
En el cuerpo de la Ley de Innovación, se encuentra solo una vez la palabra mujeres, en su artículo 3ro, al establecer las bases de la “política de Estado” en materia de ciencia, marca que ésta deberá orientarse a “brindar atención especial a personas en situación de extrema pobreza, grupos marginados, discapacitados, mujeres, pequeñas empresas y microempresas.”
Sin embargo en ninguna ocasión se mencionan conceptos como equidad, género, igualdad o se hace referencia a las leyes en la materia, contrastando con la Ley Federal de Ciencia y Tecnología, que actualmente rige el actuar federal en la materia.
Revisando las leyes anteriores en materia de ciencia y tecnología, en Chihuahua se encontró que la ya abrogada Ley de Fomento para el Desarrollo Científico, Tecnológico y la Innovación en el Estado de Chihuahua, de 2005, mencionaba la igualdad de circunstancias en cuanto al acceso a los apoyos que estipulaba esa ley, no lo hacía haciendo explícita la equidad género, careciendo además de la mención a conceptos como género.
El equipo de Deconstrucción revisó las leyes anteriores en materia de políticas públicas relacionadas con la ciencia, así como la Ley del Consejo Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación de Chihuahua publicada en el periódico oficial del estado No. 80 del 4 de octubre de 2008; su propósito era “Coordinar el desarrollo científico, tecnológico y de innovación de la entidad, ejerciendo las atribuciones derivadas de la presente Ley, de la Ley de Fomento para el Desarrollo Científico, Tecnológico y la Innovación en el Estado de Chihuahua”.